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Conceptualización

Grooming

Según la definición de INTECO (2012) El grooming se puede definir como "el ciberacoso ejercido deliberadamente por un adulto para establecer una relación y un control emocional sobre un menor con el fin de preparar el terreno para su abuso sexual". Supone el despliegue de un conjunto de técnicas de engaño y persuasión por parte de un adulto para ganarse la confianza y disminuir las inhibiciones del menor y obtener de él un beneficio de índole sexual, que es la finalidad que persigue (grooming es una palabra inglesa que significa “engatusamiento”)

Las acciones realizadas pueden comprender delitos de corrupción y prostitución infantil, abusos sexuales, o embaucar al menor para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca dicho menor.

Así, el grooming se encuentra muy relacionado con los términos pederastia y pedofilia. Por su parte, la pedofilia es la inclinación de un adulto a sentir una atracción sexual primaria hacia niños y niñas o preadolescentes mientras que la pederastia es la acción que conlleva a la práctica sexual con un menor, que implica un abuso por parte del adulto. La pedofilia y la pederastia son patologías distintas, la diferencia está en la acción; los pedófilos no pasan a la acción, y si lo hacen los pederastas. Es decir, un pedófilo sería una persona que se siente atraído por los niños y un pederasta es alguien que comete un delito sexual o un abuso con un niño o menor.